Os remitimos la normativa para todos aquellos que deban regresar durante estos días a nuestra Comunidad Autónoma y que es de obligado cumplimiento para determinados territorios de nuestro País.
 
Territorios a efectos de la aplicación de la obligación de comunicación prevista en la Orden de 27 de julio de 2020 por la que se establecen medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en relación con la llegada a la Comunidad Autónoma de Galicia de personas procedentes de otros territorios.
 

Deberán comunicar los datos de contacto y de su estancia en la Comunidad Autónoma de Galicia previstos en el anexo de dicha orden, en un plazo máximo de 24 horas desde su llegada, las personas que lleguen a la Comunidad Autónoma de Galicia después de haber estado, dentro del período de los 14 días naturales anteriores a dicha llegada, en los siguientes territorios:

 
  1. En cualquiera de los países del continente africano.
  2. En los siguientes territorios del continente americano: Antigua y Barbuda, Argentina, Aruba, Bonaire, Brasil, Chile, Curazao, Ecuador, Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Honduras, Islas Turks y Caicos, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, Venezuela, Haití, Jamaica, Nicaragua, República Dominicana, Santa Lucía y Uruguay.
  3. En los siguientes territorios de Asia: Bangladesh, Bahrein, Emiratos Árabes Unidos, India, Irán, Iraq, Israel, Kazakstán, Kuwait, Kyrguistán, Líbano, Maldivas, Omán, Qatar, Palestina, Filipinas, Afganistán, Bután, Brunei, Camboya, Indonesia, Laos, Mongolia, Myanmar, Nepal, Paquistán, Siria, Tailandia, Yemen y Jordania.
  4. En los siguientes territorios de Europa: Azerbaiyán, Albania, Alemania, Andorra, Armenia, Austria, Bélgica, Bosnia-Hercegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Isla de Man, Italia, Kosovo, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malta, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Noruega, Polonia, República Checa, Rumanía, San Marino, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.
  5. En las comunidades autónomas y ciudades autónomas de EspañaAsturias, Cataluña, Ceuta, Madrid, Melilla y País Vasco.

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