Compartimos una sentencia muy reciente que tiene importancia sobre la futura vinculación laboral de los colaboradores clínicos de los centros de Odontología. Aunque os enviaremos dentro de poco una información más detallada, la sentencia es muy clara en varios aspectos:
- Se demuestra que no existe relación laboral cuando existen determinadas circunstancias,
- La clínica proporciona al trabajador el local para el desempeño de su profesión, el instrumental y el personal auxiliar,
- El odontólogo abona a la empresa un canon anual, es decir, un porcentaje de lo facturado por cada paciente,
- El profesional no está obligado a cumplir una jornada u horario determinado.
De todas maneras y dada la importancia de sus consecuencias laborales, la asesoría jurídica del Colegio ampliará de manera más pormenorizada sus consecuencias.