La Comisión Europea remite al Gobierno de España una solicitud formal de modificación de su legislación nacional aplicable a la profesión de Odontólogo.
La Comisión Europea ha decidido remitir a España un dictamen motivado sobre su legislación aplicable a la profesión de Odontólogo. La Comisión considera que la legislación española no se ajusta a lo dispuesto en la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, en la medida en que permite el acceso de médicos especializados a la profesión de odontólogo.
En virtud de la Directiva 2005/36/CE, la profesión de odontólogo debe ser específica y diferenciada de la de médico, independientemente de que esté especializado o no en odontoestomatología. España, país en el que no existía dicha profesión de odontólogo en el momento de su adhesión, el 1 de enero de 1986, y que, por consiguiente, tuvo que crearla, pudo acogerse a excepciones transitorias en favor de sus médicos especializados en estomatología que ejercían esas actividades; ahora bien, para ello, estos médicos debían haber iniciado su formación básica de medicina a más tardar el 1 de enero de 1986.
Sin embargo, por un lado, la legislación española no recoge este requisito de plazo que impone el Derecho comunitario; por otro, en España, los médicos especializados en cirugía oral y maxilofacial pueden participar, en determinados casos, en oposiciones destinadas a cubrir puestos de odontólogos en el sistema nacional de salud.
La Comisión no ha considerado satisfactoria la respuesta de las autoridades españolas a la carta de emplazamiento .
Para más información
Cualificaciones profesionales:
http://ec.europa.eu/internal_market/qualifications/index_en.htm
Información actualizada sobre los procedimientos de infracción incoados contra los Estados miembros:
http://ec.europa.eu/community_law/index_es.htm

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