Este Colegio profesional ha iniciado una serie de procedimientos administrativos y sancionadores destinados a esclarecer la utilización de clínicas dentales por parte de empresas que no poseen la autorización sanitaria para poder desarrollar sus actividades en dicho centro.
PRIMERO
Queremos recordar que los titulares de las clínicas dentales están sometidos a las condiciones de la autorización concedida por la Xunta de Galicia, es decir, que en la clínica dental no puede ejercer una empresa o profesional que no figure en la autorización del centro, ya que supone un incumplimiento de las condiciones de dicha autorización.
SEGUNDO
La inspección podrá fiscalizar el incumplimiento de la autorización; de oficio, por denuncia, orden superior o a petición de otras instituciones como es el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de A Coruña.
Este incumplimiento de las condiciones de la autorización puede suponer la suspensión de actividad y la revocación de la autorización.
TERCERO
La Consellería nos ha comunicado en el día de hoy su disposición a sancionar todo este tipo de colaboraciones, circunstancia que advertimos a todos los colegiados y a los directores de los centros sanitarios de odontología.
CUARTO
Advertimos a todos los colegiados y directores sanitarios de centros de odontología que no podemos ser cómplices de empresas que ponen en peligro la salud de nuestros ciudadanos.
QUINTO
Los odontólogos colegiados son los únicos profesionales que pueden prescribir, planificar y realizar un tratamiento de odontología, y por ello, los pacientes a veces influidos por estrategias de publicidad engañosa no deben convertirse en colaboradores necesarios de un delito de intrusismo.